El incremento en las tasas eleva significativamente la carga financiera para quienes no logren cubrir sus obligaciones tributarias en tiempo y forma. Los recargos y la actualización constituyen mecanismos esenciales dentro del sistema fiscal mexicano para resarcir al Estado por la falta de pago oportuno de las contribuciones. Mientras que la actualización preserva el valor real de las obligaciones mediante la corrección inflacionaria, los recargos funcionan como una compensación financiera que cubre el costo del dinero durante el periodo en que la autoridad no dispuso de los recursos. Su finalidad, técnicamente, no es punitiva, sino compensatoria y correctiva.

En el Paquete Económico 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) propuso un aumento relevante a las tasas, buscando alinearlas al costo de financiamiento actual del gobierno federal. Estas modificaciones se plasmaron en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025.

Ajustes en las tasas de recargos para 2026

La nueva LIF establece que la tasa de recargos por mora pasa de la tasa vigente de 1.47% a una nueva tasa mensual de 2.07% aplicable a créditos fiscales no cubiertos oportunamente.

Asimismo, se incrementan las tasas para pagos a plazos de la siguiente manera:

Concepto de Pago a Plazos Tasa Anterior Tasa 2026
Saldos insolutos 0.98% 1.38%
Hasta 12 meses 1.26% 1.42%
De 12 a 24 meses 1.53% 1.63%
Más de 24 meses / Diferidos 1.82% 1.97%

¿De dónde sale la tasa del 2.07%? (Análisis del Art. 21 CFF)

De acuerdo con el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando las contribuciones no se pagan en el plazo legal, deben generar recargos como indemnización al fisco. El cálculo se determina de la siguiente forma:

  1. Tasa Base (Art. 11 LIF 2026): Se fija en 1.38%.
  2. Factor de incremento: La norma indica aumentar dicha tasa en un 50%.
  3. Resultado: $1.38 % + 0.69 % = 2.07 % mensual.

Nota : Este ajuste representa un incremento del 41% en el costo financiero para los contribuyentes. Más que incentivar la regularización, este nivel de tasa convierte a los recargos en una penalización incluso más costosa que muchos esquemas de financiamiento privado, lo cual podría elevar la litigiosidad.

Estrategia de Mitigación: Compensación de Saldos a Favor

A pesar del incremento, el artículo 15 del Reglamento del CFF (RCFF) ofrece una vía para evitar este sobrecosto mediante la compensación de saldos a favor presentados con anterioridad al pago de la contribución a cargo.

Para que esta estrategia sea válida, se deben observar tres requisitos indispensables:

  • Declaración previa: El saldo a favor debe haber sido manifestado antes del movimiento.
  • Susceptibilidad: Debe ser legalmente compensable según las reglas vigentes.
  • Temporalidad: Debe aplicarse contra una contribución cuyo plazo ya se encuentre vencido.

Conclusión: Una gestión técnica y oportuna de los saldos a favor ya no es solo una buena práctica contable, sino una necesidad financiera crítica para evitar el impacto del 2.07% mensual que imperará en este 2026.